Ley de morosidad: plazos de pago y los 40 € por factura

La Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad se resume en tres números: cuánto puede tardar tu cliente en pagarte, qué interés corre si se pasa y los 40 € que puedes reclamar por cada factura pagada tarde.

A quién se aplica la Ley 3/2004

Se aplica a las operaciones comerciales entre empresas, autónomos incluidos, y entre empresas y la Administración. No se aplica a los clientes particulares.

Plazo de pago: 30 días, o hasta 60 si se pacta

Si el contrato no fija un plazo, el cliente tiene 30 días naturales desde que recibe la mercancía o le prestas el servicio, aunque la factura le llegue antes (art. 4.1).

Podéis pactar un plazo más largo, pero nunca de más de 60 días naturales (art. 4.3).

Si se pasa del plazo: intereses de demora

Desde el día siguiente al vencimiento corren intereses de demora, sin necesidad de avisar al cliente (art. 5). El tipo legal es el del BCE más 8 puntos, que da un 10,40 % hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 7, BOE-A-2026-14327), salvo que el contrato pacte otro. Calcula los intereses de tu factura.

Los 40 € por costes de cobro

Por cada factura que te paguen tarde, la ley te permite reclamar 40 € como compensación por los costes de cobro (art. 8). Se suman a los intereses de demora y no tienes que pedirlos aparte.

Si tienes tres facturas vencidas del mismo cliente, son 40 € por cada una.

Para reclamarlos tienes tres modelos de carta en Carta de reclamación de factura impagada.

Qué no cubre: clientes particulares

Si trabajaste para un particular, por ejemplo haciendo las fotos de una boda, la Ley 3/2004 no se aplica. No hay plazo de 30 o 60 días de esta ley, ni sus intereses de demora, ni los 40 €. Lo primero sigue siendo un recordatorio y, si hace falta, un requerimiento por escrito: cómo reclamar una factura impagada.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo máximo de pago entre empresas?

Si no hay pacto, 30 días naturales desde la entrega o el servicio. Con pacto, como mucho 60 días naturales (art. 4 de la Ley 3/2004).

¿El plazo cuenta desde la fecha de la factura?

No. Cuenta desde que el cliente recibe la mercancía o se presta el servicio, aunque la factura llegue antes (art. 4.1).

¿Qué son los 40 € por factura impagada?

Son una compensación fija por costes de cobro que la Ley 3/2004 permite reclamar por cada factura pagada tarde, además de los intereses (art. 8).

¿La ley de morosidad vale con un particular?

No. Solo se aplica entre empresas, autónomos incluidos, y con la Administración.

Calcular intereses y 40 €

Tres modelos de carta de reclamación

Cómo reclamar una factura impagada, paso a paso

Información general sobre la Ley 3/2004, no asesoramiento jurídico.

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